¿Sabe cómo gestionar adecuadamente el riesgo de liquidez?
PARTE I
El Riesgo de Liquidez para infortunio del sector solidario, continúa siendo la “Cenicienta de todos los riesgos” y ocupa el último lugar dentro de la lista de prioridades.
En cambio, es indiscutible que el riesgo de crédito ocupa el protagonismo en el escrutinio de los asociados, la administración y el ente de Supervisión constituyéndose en el principal riesgo de observación, análisis y seguimiento. De hecho, los controles, las políticas, los manuales, el reglamento, los indicadores de gestión, los sistemas de información y en general toda la estantería sobre la cual gira la actividad del sector está enfocada fundamentalmente en el crédito y su respectivo riesgo.
Y no es que el riesgo de crédito no sea importante, no. En general, todos los riesgos asociados a la actividad crediticia constituyen una autentica amenaza para la Supervivencia y Perdurabilidad de las organizaciones solidarias.
Sin embargo, la granularidad de las operaciones crediticias, el excesivo control, la convivencia permanente con dicho riesgo, hacen que el riesgo de crédito sea en realidad inofensivo cuando se compara con el Riesgo de Liquidez que tienen las organizaciones del sector.
Las entidades conviven a diario y en forma permanente con el riesgo de crédito, están acostumbradas a que periódicamente se materialice. Cada vez que se produce el incumplimiento de alguna obligación de crédito por parte del asociado, se materializa el riesgo de crédito, lo cual no solo es una situación cotidiana sino que además ya se conoce la forma en que se gestiona están circunstancia mediante el ejercicio de cobranza y constitución de provisiones paralelamente.
¡Qué diferente es el riesgo de liquidez! El riesgo de liquidez es un riesgo silencioso, inescrutable, que cuando se materializa produce la muerte empresarial. El riesgo de liquidez no da espera, no perdona. Como las organizaciones solidarias en su dinámica diaria, recuperan cartera, reciben periódicamente nuevos aportes y algunas captan recursos mediante ahorros en forma recurrente, es muy difícil visibilizar el riesgo, por cuanto los ingresos recibidos se encargan de “ocultar” el eventual problema.
Como si lo anterior fuera poco en el riesgo de liquidez convergen todos los demás riesgos, inclusive el riesgo de crédito. Es decir, la ocurrencia del riesgo de crédito y otros como el riesgo de mercado, operativo, reputacional, legal, etc., impactan en forma directa el nivel de riesgo de liquidez de cualquier organización.
Toda la panorámica anterior refleja la complejidad del riesgo de liquidez, lo cual hace muy difícil no sólo su identificación, sino también su medición, administración y control.
Con propiedad y con base en la experiencia directa con bastante tipo de organizaciones solidarias, se puede afirmar que en particular un nutrido número de cooperativas de ahorro y crédito, de secciones de ahorro y crédito de las cooperativas multiactivas con sección de ahorro y crédito, de fondos de empleados y de asociaciones mutualistas, no conocen en realidad cuál es el tamaño, el perfil o su nivel de riesgo de liquidez, por cuanto no cuentan con herramientas idóneas de medición para dicho riesgo y lo peor, muy pocas de las entidades citadas disponen de manuales, reglamento o políticas, mecanismos o infraestructura para mitigar el riesgo de liquidez que está presente en sus entidades.
¿Qué hace la Superintendencia de Economía Solidaria para coadyuvar al control del riesgo de Liquidez?
El ente de supervisión ha realizado un intento para ayudar al sector a realizar alguna aproximación técnica respecto a la magnitud del problema, mediante la reglamentación del GAP de Liquidez, como herramienta para detectar o cuantificar el nivel de exposición al riesgo de liquidez.
También resulta justo atribuir al Supervisor la creación del Fondo de Liquidez como paliativo para conjurar un eventual situación de iliquidez, originada por una corrida de depósitos, es decir, es una medida que apunta al cubrimiento o cobertura del riesgo de liquidez.
En síntesis, han sido dos reglamentaciones expedidas por la Superintendencia de Economía Solidaria, SES, con el propósito de cuantificar y cubrir el riesgo de liquidez, que de manera inminente tienen las entidades del sector y que aparentemente serían suficientes para conjurar cualquier problema relacionado con la liquidez.
Sin embargo, los intentos del supervisor para encarar el riesgo de liquidez del sector solidario, han sido insuficientes dejando vulnerables las entidades vigiladas frente los peligros que y los efectos catastróficos que implicaría una eventual materialización sistémica de dicho riesgo.
Por una parte, la herramienta del GAP de liquidez, tal como fue reglamentado por la Superintendencia de Economía Solidaria, corresponde al estándar internacional de hace algunos años, sobre la cual hay que señalar que es una alternativa relativamente aceptable pero no tiene el alcance ni la potencia para determinar el nivel de riesgo de liquidez de las organizaciones solidarias.
Lo anterior dado que, realizar un intento de medición del riesgo de liquidez mediante el GAP de liquidez, significa efectuar la proyección y análisis de maduración de las posiciones activas y pasivas incorporadas en todo el balance la entidad solidaria, incluyendo rubros como propiedades planta y equipo, que nada tienen que ver con la liquidez de la respectiva entidad. Usualmente, al GAP de Liquidez, se adicionan partidas fuera de balance, algunas de las cuales tampoco tienen ninguna afectación en materia de liquidez. Además, la cantidad y la asimetría de las bandas de tiempo que se emplean en el GAP de Liquidez no contribuyen a profundizar en la medición del riesgo de liquidez.
Por otra parte, la constitución obligatoria de un Fondo de Liquidez como instrumento que permitiera la cobertura de eventuales corridas de depósitos, tampoco brinda una protección efectiva sobre dicho riesgo de liquidez. Lo anterior, dado que el monto del Fondo de Liquidez está calculado con un porcentaje fijo de al menos el 10% sobre los saldos de los depósitos y exigibilidades de la Organización solidaria, (Circular Básica Contable y Financiera, Nro. 004 (2008). Página 111), sin reconocer dos elementos claves para la adecuada gestión del riesgo de liquidez: La volatilidad de los depósitos y el retiro de aportes por deserción de los asociados.
La volatilidad o variabilidad en el comportamiento de los depósitos no es incorporada en el cálculo del monto del Fondo, lo cual es un punto de mejora, dado que eventualmente podrían generarse retiros en los depósitos en magnitudes superiores al tamaño del Fondo de Liquidez y con velocidades que obliguen a la entidad a recurrir a fuentes de financiamiento costosas en detrimento de los intereses de los asociados y comprometiendo la perdurabilidad de las organizaciones.
El progresivo aumento en el retiro de aportes en las organizaciones del sector solidario, es otro factor que contribuye cada vez más a incrementar el nivel riesgo de liquidez en dichas entidades. Este factor tiene cuatro caras igualmente graves:
- EL monto de aportes retirados,
- La velocidad de retiro,
- El costo de sustitución del aporte.
- Las verdaderas razones por las cuales se produce el retiro de aportes
Cualquier indicio de empeoramiento de los elementos anteriores representa un auténtico peligro para la organización solidaria en materia de liquidez. Es decir, un aumento en el monto de aportes retirados, un incremento en la frecuencia o velocidad de retiro, un ascenso en el nivel de costos en que incurre la organización para sustituir el aporte y para sostener el equilibrio financiero, o el desconocimiento de las verdaderas razones por las que se produce el retiro, son en forma individual y peor en conjunto evidentes señales que permiten visibilizar la gravedad y criticidad de la exposición al riesgo de liquidez, por lo que desconocer este factor es mucho más delicado que ignorar la volatilidad de los depósitos y exigibilidades de la entidad.
Es justo y necesario reconocer que el retiro de aportes por deserción de los asociados constituye una fuente creciente de riesgo de liquidez para las organizaciones solidarias, en especial por la amenaza que ofrece la industria bancaria la cual ofrece cada vez mejores opciones de crédito sin costos incidentales en la operación crediticia y sin los requisitos de aporte y permanencia que exige el sector solidario, lo cual genera, sin duda, una preocupación mayor, por el incremento en el número de asociados que trastean sus recursos hacia el sector bancario.
¿Qué medidas se espera formule la Superintendencia de Economía Solidaria para mitigar el riesgo de Liquidez del sector?
Hay que reconocer que la Superintendencia de Economía Solidaria, SES, tiene una adecuada percepción de la problemática que cobija al sector en materia de riesgo de liquidez, razón por la cual, en días pasados, ha presentado a las organizaciones del sector solidario, un proyecto de norma para la implementación de un sistema de administración de riesgo de liquidez, SARL, lo que es, sin duda, una buena noticia.
En dicho proyecto de norma, se establecen aspectos claves para la administración del riesgo de liquidez, tales como, lineamientos generales en cuanto a políticas en materia de riesgo de liquidez, límites, procedimientos, estructura organizacional tanto técnica como humana y órganos de control para el seguimiento del riesgo, etc., elementos con los cuales contribuirán a mejorar la administración del riesgo de liquidez de las organizaciones del sector solidario.
Sin embargo, la mala noticia es que desafortunadamente continúa viva la debilidad en cuanto a la formulación de verdaderas herramientas de última creación para la medición del riesgo de liquidez. En el anexo 1 del mencionado proyecto de norma, se establece la metodología estándar que deben aplicar las cooperativas de ahorro y crédito, las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, los fondos de empleados y las asociaciones mutualistas, para medir el riesgo de liquidez.
Con algunos cambios de forma y muy pocos de fondo, se continuará empleando el GAP de liquidez para “calcular el nivel de liquidez actual y esperada de las entidades vigiladas que realizan intermediación financiera, con base en los flujos de caja proyectados de sus activos, pasivos, posiciones fuera del balance e instrumentos financieros derivados, en diferentes horizontes de tiempo”. SES, Proyecto de Circular Externa, Pág. 16.
El proyecto de norma señala que el modelo a implementar corresponde al empleado en FOGACOOP para medición del riesgo de liquidez, el cual calcula unas brechas por bandas de tiempo y un indicador de riesgo de liquidez, denominado por su acrónimo, I. R. L., el cual es similar al utilizado por la Superintendencia Financiera para tales fines.
Resulta además de molesto, desalentador y cándido suponer que una entidad del sector solidario pueda medir su nivel de riesgo de liquidez a través de un solo indicador, el I.R.L. Es tan ingenuo como suponer que una entidad pueda medir el riesgo de crédito con un único indicador, es casi como afirmar que se puede pilotear un avión viendo únicamente el indicador de velocidad de crucero.
¿Entonces, si el proyecto de norma para implementación del SARL, resulta inocuo, qué deberían hacer las entidades del sector solidario para gestionar adecuadamente su riesgo de liquidez?
Hernando Porras Gómez | Economista MF, MBA, Phd (c) | Presidente de Asoriesgo
Especialista en Finanzas, Administración de Empresas, Estadística y Administración Integral del Riesgo. Director de la Escuela de Pensamiento en Riesgo Organizacional, EPRO | Autor del libro titulado Curso de Iniciación al Riesgo y Gap de Liquidez ISBN: 978-958-33-6444-0 Reservados los derechos de autor. Prohibida su reproducción por cualquier medio, sin la autorización del autor. Ley 23 de 1982; Ley 44 de 1993; Ley 599 de 2000.